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DIFERENCIA ENTRE UN ERE Y ERTE

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DIFERENCIA ENTRE UN ERE Y ERTE

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Por Miriam Recio Sánchez

 

Actualmente, existe confusión sobre lo que se entiende por “ERE” y “ERTE”. Son dos conceptos muy parecidos entre sí, pero no significan lo mismo.

El ERE es un EXPENDIENTE DE REGULACIÓN DE EMPLEO, es un proceso administrativo que suspende o extingue las relaciones laborales en determinadas circunstancias. Este proceso lo suelen utilizar las empresas que están en situaciones de crisis financiera y lo que se pretende es reducir la jornada laboral de los trabajadores, suspender sus contractos o directamente extinguir la relación laboral. El ERE está regulado en el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores.

Para que el ERE ocurra se deben presentar una serie de causas:

  • Que se suspenda o extinga un contrato por causas de fuerza mayor.
  • Ocurra un despido colectivo en la empresa o se suspendan los contratos por causas. económicas, organizativas o por la producción de la empresa.
  • Se disuelva la personalidad jurídica de la empresa.

Igualmente, debemos distinguir tres tipos de ERE:

  1. ERE de extinción: Es cuando la relación laboral de la empresa con los trabajadores termina definitivamente.
  2. ERE de suspensión: La relación laboral de la empresa con todos o parte de los trabajadores se suspenderá de forma temporal.
  3. ERE de reducción: La jornada de trabajo de los trabajadores se verá reducida.

Cuando los trabajadores se vean afectados por el ERE de extinción, tendrán derecho a una indemnización y cobrar la prestación de desempleo.

En cuanto a la palabra ERTE, significa EXPEDIENTE DE REGULACIÓN TEMPORAL DE EMPLEO. La diferencia con el ERE es que el ERTE tiene un carácter TEMPORAL Y NO DEFINITIVO, por lo que el ERE DE SUSPENSIÓN Y DE REDUCCIÓN también pondría considerar ERTES.

El ERTE está regulado por el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores. Es importante recalcar que, por ERTE no entendemos un despido definitivo sino una suspensión temporal laboral del contrato. Ante esta situación, los trabajadores no cobrarán su sueldo ni tendrán derecho a una indemnización, pero si tendrán derecho a una prestación por desempleo siempre.

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