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LEY DE EMPREDEDORES. ANÁLISIS Y VISADO PARA EXTRANJEROS EN ESPAÑA

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LEY DE EMPREDEDORES. ANÁLISIS Y VISADO PARA EXTRANJEROS EN ESPAÑA

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CHARO JIMÉNEZ ÁLVAREZ

diciembre 27, 2022

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Por Camila Corrales Morales 

 

La ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización nace con la intención de plantear soluciones a ciertos problemas coyunturales de la economía española, no así estructurales. Poniendo el eje en la alta tasa de desempleo juvenil, como efecto social de la profunda crisis que viene atravesando España desde el año 2008. 

Es importante aclarar que, a la citada norma, la suceden otras leyes donde se plasman medidas de apoyo al emprendedor. Todas ellas forman parte de las reformas que desde el Estado se venían impulsando a partir del año 2010, con la intención de aumentar la competitividad de la economía española. 

El Preámbulo de la Ley 14/2013 refiere a que el modelo de las relaciones laborales tiene algunas deficiencias, y que “la ausencia de una mayor iniciativa emprendedora entre los más jóvenes” significa un problema en la economía nacional, tal como lo enuncia Enrique Gasco García “se pone el acento en el autoempleo, en la búsqueda de oportunidades individuales (…)”. Y para ello, se hace énfasis en el rol que debe asumir el sistema educativo en la búsqueda activa de un “cambio de mentalidad” entre los más jóvenes.  

Si bien parecería que la ley va dirigida exclusivamente a jóvenes emprendedores, en términos legales no se establece ningún rango etario.  Entiéndase como emprendedor toda persona física o jurídica que desarrolle una actividad económica, empresarial o profesional, en los términos establecidos en la norma. 

Entre los fundamentos de la Ley 14/2013 se fija la necesidad de “(…) impulsar canales de financiación, tanto bancarios como no bancarios que contribuyan a suavizar los efectos sobre las empresas de la restricción en el crédito (…)”. 

En la materia que nos incumbe, se establece que la política migratoria tradicional estuvo siempre enfocada en el mercado laboral interno y que es necesario superar esta perspectiva entendiendo que la política de inmigración es actualmente un elemento de mayor competitividad y, por lo tanto, de crecimiento económico para el país. 

La ley establece en el artículo 51 un “Plan estratégico de Internacionalización de la economía española”. Dicho Plan será elaborado, con carácter bienal, por el Ministerio de Economía y Competitividad. 

Por último, la facilitación de la entrada y permanencia de extranjeros en el territorio nacional por razones de interés económico está regulada en distintos artículos según el sujeto a tratar. Para los emprendedores se habilita la posibilidad de tramitar un permiso por un período de un año con el fin único o principal de llevar a cabo los trámites previos para poder desarrollar una actividad emprendedora. 

Es importante recalcar lo que se entiende como “actividad emprendedora”: aquella que sea de carácter innovador con especial interés económico para España y a tal efecto cuente con un informe favorable del órgano competente de la Administración General del Estado. Todo ello a los efectos de autorizar el visado o la residencia como emprendedor.  Además, para la valoración se tendrá en cuenta especialmente y con carácter prioritario la creación de puestos de trabajo en España. También, lo siguiente: 

  • a) El perfil profesional del solicitante. 
  • b) El plan de negocio incluyendo el análisis de mercado, servicio o producto y la financiación. 
  • c) El valor añadido para la economía española, la innovación u oportunidades de inversión.

La tramitación de autorizaciones de residencia de este tipo se efectuará por la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos cuando el solicitante ya disponga de un visado o se encuentre legalmente en España. El plazo máximo de resolución será de veinte días desde la presentación de la solicitud.  

En cambio, los visados de estancia y residencia serán expedidos por las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares de España en el país del interesado.  

Fuentes: 

https://www.boe.es/boe/dias/2013/09/28/pdfs/BOE-A-2013-10074.pdf 

https://docm.jccm.es/docm/descargarArchivo.do?ruta=Revista55.pdf&tipo=rutaRevistas  

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